¿Se puede portar en propiedad diferente a la declarada?

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The Shooter
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¿Se puede portar en propiedad diferente a la declarada?

Mensaje por The Shooter » Vie Ago 30, 2019 4:08 pm

Buenas tardes a todos. Básicamente la pregunta es si se puede portar el arma en otra propiedad personal, diferente a la declarada.
Llámese otra vivienda, quinta y/o campo?
En el variante caso de tener que utilizarla.
Saludos!!
ots03
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Re: ¿Se puede portar en propiedad diferente a la declarada?

Mensaje por ots03 » Vie Ago 30, 2019 4:38 pm

si las propiedades son tuyas y no están afectadas a terceros (x ej no esta alquilada o no es un lugar de acceso publico como x ej un comercio) SI
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Ivael Tercero
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Re: ¿Se puede portar en propiedad diferente a la declarada?

Mensaje por Ivael Tercero » Vie Ago 30, 2019 5:08 pm

the shooter es el famoso agita avispero, pregunta y no vuelve
Traigo equilibrio al foro siendo un mal necesario
Comentarios directo al hueso.
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christianmx
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Re: ¿Se puede portar en propiedad diferente a la declarada?

Mensaje por christianmx » Vie Ago 30, 2019 5:15 pm

La definición de portación te da la respuesta: arma en condición de uso inmediato en lugares públicos o de acceso público.
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JorgeMDQ
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Re: ¿Se puede portar en propiedad diferente a la declarada?

Mensaje por JorgeMDQ » Vie Ago 30, 2019 5:38 pm

Pregunte eso ni bien compre la escopeta,el unico tema es si tenes un quilombo fuera del lugar de guarda,puede ser un problema.No m e dijeron nada mas especifico.
"Primero muerto antes que perder la vida"
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Mussbach
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Re: ¿Se puede portar en propiedad diferente a la declarada?

Mensaje por Mussbach » Vie Ago 30, 2019 6:15 pm

Armas propias, declaradas, CLU vigente, vivienda permanente o transitoria, en lugar privado, no público ni de acceso público (ej. local) no hay problema mientras todo se encuadre dentro de la legítima defensa..
DONDE LA IGNORANCIA HABLA...LA INTELIGENCIA CALLA...
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marcos de olivos
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Re: ¿Se puede portar en propiedad diferente a la declarada?

Mensaje por marcos de olivos » Vie Ago 30, 2019 6:32 pm

jajajja

Volvio el T R O L L
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ringuin
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Re: ¿Se puede portar en propiedad diferente a la declarada?

Mensaje por ringuin » Vie Ago 30, 2019 11:46 pm

Portar en lugar privado podes,en lugar publico,tenes que tener aparte de la tenencia,tambien la portacion,porque la primera,no autoriza la segunda,sino pasate por la ley 20429,que ahi vas a ver que corresponde y que no,cordiales saludos.
webley
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Re: ¿Se puede portar en propiedad diferente a la declarada?

Mensaje por webley » Sab Ago 31, 2019 7:34 pm

La Ley considera que un Legítimo Usuario puede tener un arma en condiciones inmediatas de uso en su domicilio LEGAL o TRANSITORIO , entendiéndose por este último , Comercio , Oficina , Consultorio , habitación de hotel , motonave , motorhome o carpa . Queda excluido el automóvil.
No soy Abogado pero en su momento me asesoré con uno.
Abrazo
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Re: ¿Se puede portar en propiedad diferente a la declarada?

Mensaje por 23817698m » Lun Sep 02, 2019 2:24 pm

Hola buenas tardes queria saber si me pueden hacesorar como puedo contatctar al armero daniel bomm gracias
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Diegoindio
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Re: ¿Se puede portar en propiedad diferente a la declarada?

Mensaje por Diegoindio » Mié Oct 30, 2019 1:38 am

Ivael Tercero escribió:
Vie Ago 30, 2019 5:08 pm
the shooter es el famoso agita avispero, pregunta y no vuelve
y que importa si lo importante son las respuestas a su pregunta para los que visitamos el foro
Memoria por nuestros compatriotas caidos en Defensa de Nuestra Nacion, Malvinas y ARA San Juan.
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