Dudas sobre venta
- ringuin
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Re: Dudas sobre venta
En el tema de los autos,y para colaborar nomas,voy a decir que existe algo que se llama "Responsabilidad Civil",que se firma entre partes una vez pago y transferido el vehiculo,que posibilita la entrega del auto,en cuanto a la compra/venta entre LU,el que tenga apuro en tener el arma,que meta un tramite rapido y listo,no creo que ningun LU se vaya a "ensuciar",cagando a otro por cuatro pesos,mi idea como ya dije,es entrega contra tenencia,sino compra en la armeria y paga el ciento por ciento de lo que el fierro vale,si quieren comprar barato y encima con todas las exigencias,la respuesta es NOOOO,es mi opinion,cordiales saludos.
- el dani
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Re: Dudas sobre venta
Cada tanto sale el tema, hay opiniones de los dos lados mas allá de lo que dice Anmac, una sola vez compré mediante responsabilidad civil o algo así, el vendedor es abogado y para entregarla en el momento, me pidió la firma del documento, no tuve inconvenientes.
Solo dos veces compré y me entregaron contra tenencia (entre particulares), todas las demás, unas 20, fueron tome y traiga. Antes de comprar pregunto si entrega al momento de transferir, si no es asi paso de largo. Cuando compro en armeria, ajo y agua... a esperar tranqui.
Siempre que vendí entregué al transferir, teniendo en cuenta que era clu vigente y con otros fierros en su poder. Nunca a un principiante.
Solo dos veces compré y me entregaron contra tenencia (entre particulares), todas las demás, unas 20, fueron tome y traiga. Antes de comprar pregunto si entrega al momento de transferir, si no es asi paso de largo. Cuando compro en armeria, ajo y agua... a esperar tranqui.
Siempre que vendí entregué al transferir, teniendo en cuenta que era clu vigente y con otros fierros en su poder. Nunca a un principiante.
- Bandmaster
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Re: Dudas sobre venta
Como puede verse, después de revisar todo el post, existen posiciones opuestas. Para que se realicen operaciones de venta entre particulares alguien debe ceder, comprador o vendedor. Creo que se puede aceptar situaciones intermedias, tales como posteé más arriba. Entrega de partes del arma, adelanto del 50% con la obligación de trámite urgente y pago del resto contra entrega. Me parece que es un planteo lógico donde ambas partes ceden algo y se disminuye (no se elimina) el potencial riesgo, tanto del vendedor como del comprador.
- werewolf
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Re: Dudas sobre venta
Redondeando, es un sistema de mie!#@. Igual que con los autos.
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estamos al horno...
-
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Re: Dudas sobre venta
CHINO_SJ escribió: ↑Vie Mar 13, 2020 9:52 pmA las armerías no les compro porque son unos delincuentes. Compro a particulares.G19 escribió: ↑Vie Mar 13, 2020 5:26 pmCHINO_SJ escribió: ↑Vie Mar 13, 2020 4:23 pmNo deben ni tienen porqué retener la tenencia.
Me lo explicaron en ANMaC a esto.
Y sobre lo otro, ¿que pasa si vendes, y mañana te morís y no hay quién entregue el arma que me vendiste, o te pagué y no llegaste a firmar o etc etc?
Yo compro y quiero lo que pagué, porqué te quedas con mi dinero y mi arma?
Yo compro si me entregan, sino Chau
Puede ser que Armas y Agencias trabaje de esa manera, porque son usuarios con particularidades (Agencias, Armerías y personal policial). Aunque no deja de ser una División que depende/tramita ante el ANMAC para la materia específica (armas).
En cuanto a la entrega del arma. A la armería le exigís que te la entregue por si cierra/funde/va el dueño en cana/ u otro problema?? Exigíselo, como se lo exigís a tus camaradas LLUU, a ver si tenés suerte.
Si vendés, entregás el arma al meter el trámite, arriesgando a que el comprador vaya a afanar/le pegue un tiro en la cabeza a la esposa/se la afanen los chorros y el arma siga a nombre tuyo por no haber perfeccionado el trámite?
No entrego un arma ni mamado, sinó tiene la Tenencia a nombre del comprador. Y sinó querés esperar a que salga la tenencia, no te la vendo, simple.
Veo que otra vez estamos enroscados en la misma discusión de siempre.
Cualquier duda al respecto, 4372-0455 (ANMAC).
Gracias por sus opiniones, no gasto más teclado en temas reciclados.
Hasta la vista boys!!!
Y si vos no entregas el arma ni mamado, tampoco te compro. Punto. A vos te gusta quedarte con el dinero y el arma de tus camaradas LU y no entregar lo que te están pagando? También cobras la venta al final del trámite? Ja seguro que si jaja
Creo q le guste o no, es asi, y lo que ud haga corre por tu cuenta, si le gusta tener armas de otro sin su debida tenencia, es su responsabilidad, y la de quien se la dio.
Lo que creo esta mal, y muy mal responder a una pedido de consejo de un colega del foro, con una respuesta que esta fuera de la normativa del anmac. Cualquiera que lea el foro debe aprender como son las formas correctas, tanto de seguridad, manejo y legislación que atañe a las armas de fuego. Para opinar hay mil temas..en estos digamos como deben hacerse las cosas bien.. no como uno opina q deben hacerse.
Con el mayor de los respetos. Saludos
- CHINO_SJ
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Re: Dudas sobre venta
Hablarás por vos cuando decís que te gusta tener armas de otro sin su debida tenencia. Y te invito a que imprimas la ley nacional de armas y la leas antes de opinar. Lee la parte de préstamo entre legítimos usuarios.stratogangster escribió: ↑Sab Mar 14, 2020 3:43 pmCHINO_SJ escribió: ↑Vie Mar 13, 2020 9:52 pmA las armerías no les compro porque son unos delincuentes. Compro a particulares.G19 escribió: ↑Vie Mar 13, 2020 5:26 pmCHINO_SJ escribió: ↑Vie Mar 13, 2020 4:23 pmNo deben ni tienen porqué retener la tenencia.
Me lo explicaron en ANMaC a esto.
Y sobre lo otro, ¿que pasa si vendes, y mañana te morís y no hay quién entregue el arma que me vendiste, o te pagué y no llegaste a firmar o etc etc?
Yo compro y quiero lo que pagué, porqué te quedas con mi dinero y mi arma?
Yo compro si me entregan, sino Chau
Puede ser que Armas y Agencias trabaje de esa manera, porque son usuarios con particularidades (Agencias, Armerías y personal policial). Aunque no deja de ser una División que depende/tramita ante el ANMAC para la materia específica (armas).
En cuanto a la entrega del arma. A la armería le exigís que te la entregue por si cierra/funde/va el dueño en cana/ u otro problema?? Exigíselo, como se lo exigís a tus camaradas LLUU, a ver si tenés suerte.
Si vendés, entregás el arma al meter el trámite, arriesgando a que el comprador vaya a afanar/le pegue un tiro en la cabeza a la esposa/se la afanen los chorros y el arma siga a nombre tuyo por no haber perfeccionado el trámite?
No entrego un arma ni mamado, sinó tiene la Tenencia a nombre del comprador. Y sinó querés esperar a que salga la tenencia, no te la vendo, simple.
Veo que otra vez estamos enroscados en la misma discusión de siempre.
Cualquier duda al respecto, 4372-0455 (ANMAC).
Gracias por sus opiniones, no gasto más teclado en temas reciclados.
Hasta la vista boys!!!
Y si vos no entregas el arma ni mamado, tampoco te compro. Punto. A vos te gusta quedarte con el dinero y el arma de tus camaradas LU y no entregar lo que te están pagando? También cobras la venta al final del trámite? Ja seguro que si jaja
Creo q le guste o no, es asi, y lo que ud haga corre por tu cuenta, si le gusta tener armas de otro sin su debida tenencia, es su responsabilidad, y la de quien se la dio.
Lo que creo esta mal, y muy mal responder a una pedido de consejo de un colega del foro, con una respuesta que esta fuera de la normativa del anmac. Cualquiera que lea el foro debe aprender como son las formas correctas, tanto de seguridad, manejo y legislación que atañe a las armas de fuego. Para opinar hay mil temas..en estos digamos como deben hacerse las cosas bien.. no como uno opina q deben hacerse.
Con el mayor de los respetos. Saludos
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- randall58
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Re: Dudas sobre venta
Creo q le guste o no, es asi, y lo que ud haga corre por tu cuenta, si le gusta tener armas de otro sin su debida tenencia, es su responsabilidad, y la de quien se la dio.
Lo que creo esta mal, y muy mal responder a una pedido de consejo de un colega del foro, con una respuesta que esta fuera de la normativa del anmac. Cualquiera que lea el foro debe aprender como son las formas correctas, tanto de seguridad, manejo y legislación que atañe a las armas de fuego. Para opinar hay mil temas..en estos digamos como deben hacerse las cosas bien.. no como uno opina q deben hacerse.
Con el mayor de los respetos. Saludos
[/quote]
Estimado y también con el mayor de los respetos.
Solo en respuesta a lo resaltado, voy a referirme -nuevamente- a a los aspectos "legales" que usted señala.
Creo que usted no ha comprendido que la entrega del arma a otro LU (venta/prestamo/cesion gratuita) da lo mismo a los efectos de su encuadre dentro de la Ley de armas, y bajo las condiciones que al menos en mi respuesta he anunciado, NO SE INCUMPLE con ninguna normativa legal del ANMAC.
Si gusta relea los conceptos de la Ley.(tal le sugirio otroforista que me precede). Esta copiado en 1er pagina.
1) Un LU con Credencial del arma (aúnque no sea su titular), y con CLU vigentes y acordes a la categoría del arma, la puede usar, transportar, tal como establece la Ley., conforme al art. 62 del Decreto 395/75 que reglamenta la Ley de Armas.
2)También-tal exprese- en mi comentario, cuando se transfiere el arma, debe presentar Solicitud de Tenencia ante ANMAC, requisito que también he aludido, conforme Art.63 de la citada Ley(Decreto 395/75).
Sería entonces tan amable, de indicar, que es lo que usted indica que no se está cumpliendo o aconsejando mal y no autoriza la Ley?,......para aclarar digo.
Lo otro, -responsabilidades (civiles/penales) también esta explicado y aclarado (Como usted seguramente debe saber, no son de competencia del ANMAC regular esos aspectos), ya que sólo regula y atañe a los aspectos legales y registrables tanto del arma como de sus titulares (comprador/vendedor).
Entonces, para ver si -al menos a lo que a mi intervención en el tema refiere- sería tan amable de explicarme esos aspectos, porque sino parece -según sus dichos- al menos a lo que a mis comentarios sobre el tema refiere- que estoy aconsejando hacer algo no previsto.
Y entienda bien que exclusivamente estoy hablando de tema Legal Ley armas, no responsabilidades ni civiles ni penales, que también lo aclaré(por eso solo opiné) de si es legal o no entregar el arma contra presentación de solicitud de nueva tenencia ante ANMAC.
Facultad que tiene y es una opción LEGAL que tiene y es resorte y decisión del vendedor y oue puede optar o no según su exclusiva decisión o de quien cede un arma en préstamo.
La Ley la autoriza tanto transferirla (venderla /cederla/prestarla), bajo ciertas condiciones, que son las explicadas. Documentación a llevar y a presentar, según el caso (reitero relea Art. 62 y 63)
Cordial Saludo.
Lo que creo esta mal, y muy mal responder a una pedido de consejo de un colega del foro, con una respuesta que esta fuera de la normativa del anmac. Cualquiera que lea el foro debe aprender como son las formas correctas, tanto de seguridad, manejo y legislación que atañe a las armas de fuego. Para opinar hay mil temas..en estos digamos como deben hacerse las cosas bien.. no como uno opina q deben hacerse.
Con el mayor de los respetos. Saludos
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Estimado y también con el mayor de los respetos.
Solo en respuesta a lo resaltado, voy a referirme -nuevamente- a a los aspectos "legales" que usted señala.
Creo que usted no ha comprendido que la entrega del arma a otro LU (venta/prestamo/cesion gratuita) da lo mismo a los efectos de su encuadre dentro de la Ley de armas, y bajo las condiciones que al menos en mi respuesta he anunciado, NO SE INCUMPLE con ninguna normativa legal del ANMAC.
Si gusta relea los conceptos de la Ley.(tal le sugirio otroforista que me precede). Esta copiado en 1er pagina.
1) Un LU con Credencial del arma (aúnque no sea su titular), y con CLU vigentes y acordes a la categoría del arma, la puede usar, transportar, tal como establece la Ley., conforme al art. 62 del Decreto 395/75 que reglamenta la Ley de Armas.
2)También-tal exprese- en mi comentario, cuando se transfiere el arma, debe presentar Solicitud de Tenencia ante ANMAC, requisito que también he aludido, conforme Art.63 de la citada Ley(Decreto 395/75).
Sería entonces tan amable, de indicar, que es lo que usted indica que no se está cumpliendo o aconsejando mal y no autoriza la Ley?,......para aclarar digo.
Lo otro, -responsabilidades (civiles/penales) también esta explicado y aclarado (Como usted seguramente debe saber, no son de competencia del ANMAC regular esos aspectos), ya que sólo regula y atañe a los aspectos legales y registrables tanto del arma como de sus titulares (comprador/vendedor).
Entonces, para ver si -al menos a lo que a mi intervención en el tema refiere- sería tan amable de explicarme esos aspectos, porque sino parece -según sus dichos- al menos a lo que a mis comentarios sobre el tema refiere- que estoy aconsejando hacer algo no previsto.
Y entienda bien que exclusivamente estoy hablando de tema Legal Ley armas, no responsabilidades ni civiles ni penales, que también lo aclaré(por eso solo opiné) de si es legal o no entregar el arma contra presentación de solicitud de nueva tenencia ante ANMAC.
Facultad que tiene y es una opción LEGAL que tiene y es resorte y decisión del vendedor y oue puede optar o no según su exclusiva decisión o de quien cede un arma en préstamo.
La Ley la autoriza tanto transferirla (venderla /cederla/prestarla), bajo ciertas condiciones, que son las explicadas. Documentación a llevar y a presentar, según el caso (reitero relea Art. 62 y 63)
Cordial Saludo.
-
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Re: Dudas sobre venta
Muchachos, pido disculpas, lei otro post y lo mezcle con éste y interprete cualquier cosa. Saludos
- randall58
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Re: Dudas sobre venta
Todo bien estimado , y gracias x responder.stratogangster escribió: ↑Sab Mar 14, 2020 7:02 pmMuchachos, pido disculpas, lei otro post y lo mezcle con éste y interprete cualquier cosa. Saludos
Cordial saludo
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Re: Dudas sobre venta
Igualmente, y disculpas nuevamente.
- madsen765
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Re: Dudas sobre venta
Hola lebon, le podes entregar el arma, con la precaucion de no entregarle ni el cargador y si se puede sacar el cañon tambien y en caso de arma larga le sacas el cerrojo y se lo entregas cuando le sale la credencial, es lo que yo haría.lebon71 escribió: ↑Jue Mar 12, 2020 9:28 pmHola, a ver si la gente buena y que sabe tanto de este foto, me puede ayudar. Voy a vender una carabina y el comprador que es LU, me dice que le dejé el arma mientras sale el papeleo. Se que se puede prestar un armas entre legítimos usuarios, pero tampoco lo conozco mucho. Que pasa si le prestó el arma hasta que salga el trámite y mata a alguien ? Desde ya agradecido por las respuestas
Madsen765
Feliz
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- bronius
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Re: Dudas sobre venta
Es raro que una armeria haga eso
Al margen la venta entre LU es una cuestion de a quien vendes y como , segun a quien aplica un modo u otro
De mi parte NO COMPRO si no me entregan el arma y tramite contra entrega de credencial vieja asi me puedo llevar
el arma y su tarjeta
Saludos
Si vis pacem, para bellum
Igitur qui desiderat pacem, praeparet bellum
Flavio Vegecio Renato
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- randall58
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Re: Dudas sobre venta
Eso yo lo vi también en armeria TFA.bronius escribió: ↑Dom Mar 15, 2020 8:19 pmEs raro que una armeria haga eso
Al margen la venta entre LU es una cuestion de a quien vendes y como , segun a quien aplica un modo u otro
De mi parte NO COMPRO si no me entregan el arma y tramite contra entrega de credencial vieja asi me puedo llevar
el arma y su tarjeta
Saludos
Era arma "en consignación". Con la conformidad del vendedor, que vino y firmo el formulario de transferencia que hizo la armeria x SIGIMAc, fué a la agencia de ANMAC que esta al lado, presentó la solicitud de transferencia (obviamente hizo su cambio de papeleo interno de arma en consignacion) y le entrego el arma, la Credencial del vendedor y se lo trajo.
Eso también lo hable con otra armeria y me dijo -confirmo que lo pueden hacer- bajo cierto resguardo.
Que en definitiva, ellos hacen las veces de intermediario, pero a los efectos legales, es una operación entre LU y ellos lo pueden hacer, actualizando registro, con conformidad del anterior titular (vendedor) Y SIEMPRE METIENDO EL TRAMITE (solicitud de nueva tenencia) EN ANMAC. .
Es en definitiva y tiene los mismos efectos que una transaccción entre LU, bajo el amparo de los Art. 62 y 63 del Decreto 396/75, ni mas ni menos.
Saludos.
- bronius
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Re: Dudas sobre venta
Y si en esas condiciones puede ser
Y lo de probarlo , las dos armerias que estan en tiros federales lo hacen
Saludos
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- randall58
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Re: Dudas sobre venta
Si, tal cual. Pero siempre cuando se trate en "calidad de arma en consignación", NO propias.(anombre del comercio)
Ahi cambia, asi sea usada, ellos -Armeria-, si o si , obligados x Ley y Reglamentación, a operar entrega del arma, contra Nueva Credencial, le cabe las generales de la Ley (UCOM).
Saludos.
Ahi cambia, asi sea usada, ellos -Armeria-, si o si , obligados x Ley y Reglamentación, a operar entrega del arma, contra Nueva Credencial, le cabe las generales de la Ley (UCOM).
Saludos.