Instructores de Tiro sin decreto 64/95

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Ferdinand Orland
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Instructores de Tiro sin decreto 64/95

Mensaje por Ferdinand Orland » Lun May 03, 2021 6:52 pm

Ya se que me van a bardear como cada vez que saco el tema.
PERO, si alguien tiene contacto con las asociaciónes de Legitimos Usuarios, diganle a los representantes sobre lo que planteo mas arriba, que traten con el director de la anmac que se elimine el decreto 64/95 para los Instructores de Tiro, lo que reactivaria el mercado de Fusiles semiaumaticos civil y que haria que tener un FSL sea una realidad posible (con esfuerzo) y no un sueño limitado para el mano derecha del negro mas sindical que hay.
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Petardo
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Re: Instructores de Tiro sin decreto 64/95

Mensaje por Petardo » Lun May 03, 2021 6:58 pm

¿ Y cuál sería el fundamento como para pegar un saltito al principio de igualdad ante la ley ??

¿ Por qué un IT tendría privilegios por sobre un LU ?

No entiendo.
“A 273 km/h te salís de una curva, pero a 271 km/h te supera el segundo”.

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Ferdinand Orland
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Re: Instructores de Tiro sin decreto 64/95

Mensaje por Ferdinand Orland » Lun May 03, 2021 7:56 pm

Petardo escribió:
Lun May 03, 2021 6:58 pm
¿ Y cuál sería el fundamento como para pegar un saltito al principio de igualdad ante la ley ??

¿ Por qué un IT tendría privilegios por sobre un LU ?

No entiendo.
Porque para ser un IT necesitas muchas cosas y cumplís características que la mayoria de los LU no:
Quienes pertenezcan o hayan pertenecido a las Fuerzas Armadas, de Seguridad, Policiales o Penitenciarias, y cumplan o hayan cumplido funciones como Instructor de Tiro para la misma. En el caso de personal retirado, se deberá especificar la forma o razón del retiro.
Los particulares que hayan realizado cursos de formación, desarrollado por profesores instructores categoría ITA, habilitados por este Organismo, y que posean el correspondiente Certificado Analítico que acredite la posesión de los conocimientos relativos a los temas detallados en la Sección III (Especificaciones) del Manual de Entidades de Tiro de la ANMaC (puede consultar y descargar el manual en el rubro "Servicios" del Menú)
Quienes estando federados, hayan desempeñado cargos de jueces en campeonatos nacionales o internacionales en alguna de las disciplinas de tiro, o hayan participado en los mismos, calificando hasta 3er. puesto a nivel nacional o un 5to. puesto internacional.
Los instructores de tiro de instituciones oficiales nacionales o extranjeras, entidades de tiro públicas o privadas habilitadas por la ANMaC (deberán presentar las constancias correspondientes).
Ademas seria un punto medio y dejaria que existe un mercado de rifles semis, no como ahora de que si te dan el decreto anda a buscar el rifle al medio de una armeria abandonada que ni repuestos tiene.
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Re: Instructores de Tiro sin decreto 64/95

Mensaje por Petardo » Lun May 03, 2021 8:12 pm

Ferdinand Orland escribió:
Lun May 03, 2021 7:56 pm
Petardo escribió:
Lun May 03, 2021 6:58 pm
¿ Y cuál sería el fundamento como para pegar un saltito al principio de igualdad ante la ley ??

¿ Por qué un IT tendría privilegios por sobre un LU ?

No entiendo.
Porque para ser un IT necesitas muchas cosas y cumplís características que la mayoria de los LU no
Pagar el curso e ir durante 5 o 6 sábados por unas horas al Club...

¿ Conocés a algún alumno de esos cursos al que hayan desaprobado ? Si fuera una carrera universitaria, ponele que lo podríamos discutir.

Jamás nadie en su sano juicio le va a dar un fusil semiautomático a alguien por su sola condición de instructor de tiro, y me parece PERFECTO !!

Ojo, no es personal y no tengo nada contra los instructores, pero sería desquiciado requerirle solamente eso.

Ferdinand Orland, con todo el respeto del mundo, me parece un disparate.
“A 273 km/h te salís de una curva, pero a 271 km/h te supera el segundo”.

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Re: Instructores de Tiro sin decreto 64/95

Mensaje por drupilin » Lun May 03, 2021 8:35 pm

Ferdinand Orland escribió:
Lun May 03, 2021 7:56 pm
Petardo escribió:
Lun May 03, 2021 6:58 pm
¿ Y cuál sería el fundamento como para pegar un saltito al principio de igualdad ante la ley ??

¿ Por qué un IT tendría privilegios por sobre un LU ?

No entiendo.
Porque para ser un IT necesitas muchas cosas y cumplís características que la mayoria de los LU no:
Quienes pertenezcan o hayan pertenecido a las Fuerzas Armadas, de Seguridad, Policiales o Penitenciarias, y cumplan o hayan cumplido funciones como Instructor de Tiro para la misma. En el caso de personal retirado, se deberá especificar la forma o razón del retiro.
Los particulares que hayan realizado cursos de formación, desarrollado por profesores instructores categoría ITA, habilitados por este Organismo, y que posean el correspondiente Certificado Analítico que acredite la posesión de los conocimientos relativos a los temas detallados en la Sección III (Especificaciones) del Manual de Entidades de Tiro de la ANMaC (puede consultar y descargar el manual en el rubro "Servicios" del Menú)
Quienes estando federados, hayan desempeñado cargos de jueces en campeonatos nacionales o internacionales en alguna de las disciplinas de tiro, o hayan participado en los mismos, calificando hasta 3er. puesto a nivel nacional o un 5to. puesto internacional.
Los instructores de tiro de instituciones oficiales nacionales o extranjeras, entidades de tiro públicas o privadas habilitadas por la ANMaC (deberán presentar las constancias correspondientes).
Ademas seria un punto medio y dejaria que existe un mercado de rifles semis, no como ahora de que si te dan el decreto anda a buscar el rifle al medio de una armeria abandonada que ni repuestos tiene.
Te hacen rendir el mismo examen cada 5 años, y pretendes que te exceptúen del 64/95 (::A) (::A) (::A)
Siendo ITB, proba de pedir ser ITA...
Ojo no seamos conformistas, pero seamos realistas estimado.
Abrazo
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Re: Instructores de Tiro sin decreto 64/95

Mensaje por Ferdinand Orland » Lun May 03, 2021 8:39 pm

drupilin escribió:
Lun May 03, 2021 8:35 pm
Ferdinand Orland escribió:
Lun May 03, 2021 7:56 pm
Petardo escribió:
Lun May 03, 2021 6:58 pm
¿ Y cuál sería el fundamento como para pegar un saltito al principio de igualdad ante la ley ??

¿ Por qué un IT tendría privilegios por sobre un LU ?

No entiendo.
Porque para ser un IT necesitas muchas cosas y cumplís características que la mayoria de los LU no:
Quienes pertenezcan o hayan pertenecido a las Fuerzas Armadas, de Seguridad, Policiales o Penitenciarias, y cumplan o hayan cumplido funciones como Instructor de Tiro para la misma. En el caso de personal retirado, se deberá especificar la forma o razón del retiro.
Los particulares que hayan realizado cursos de formación, desarrollado por profesores instructores categoría ITA, habilitados por este Organismo, y que posean el correspondiente Certificado Analítico que acredite la posesión de los conocimientos relativos a los temas detallados en la Sección III (Especificaciones) del Manual de Entidades de Tiro de la ANMaC (puede consultar y descargar el manual en el rubro "Servicios" del Menú)
Quienes estando federados, hayan desempeñado cargos de jueces en campeonatos nacionales o internacionales en alguna de las disciplinas de tiro, o hayan participado en los mismos, calificando hasta 3er. puesto a nivel nacional o un 5to. puesto internacional.
Los instructores de tiro de instituciones oficiales nacionales o extranjeras, entidades de tiro públicas o privadas habilitadas por la ANMaC (deberán presentar las constancias correspondientes).
Ademas seria un punto medio y dejaria que existe un mercado de rifles semis, no como ahora de que si te dan el decreto anda a buscar el rifle al medio de una armeria abandonada que ni repuestos tiene.
Te hacen rendir el mismo examen cada 5 años, y pretendes que te exceptúen del 64/95 (::A) (::A) (::A)
Siendo ITB, proba de pedir ser ITA...
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Y bueno, estas mas que calificado y como dije antes, tampoco estas pidiendo un tanque TAM, estas pidiendo que se autorize la venta libre entre ITB/ITA de armas largas semi.
y depaso tenes mas gente con conocimiento extenso sobre armas.
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Re: Instructores de Tiro sin decreto 64/95

Mensaje por nambu14 » Lun May 03, 2021 10:29 pm

Ferdinand Orland escribió:
Lun May 03, 2021 8:39 pm
drupilin escribió:
Lun May 03, 2021 8:35 pm
Ferdinand Orland escribió:
Lun May 03, 2021 7:56 pm
Petardo escribió:
Lun May 03, 2021 6:58 pm
¿ Y cuál sería el fundamento como para pegar un saltito al principio de igualdad ante la ley ??

¿ Por qué un IT tendría privilegios por sobre un LU ?

No entiendo.
Porque para ser un IT necesitas muchas cosas y cumplís características que la mayoria de los LU no:
Quienes pertenezcan o hayan pertenecido a las Fuerzas Armadas, de Seguridad, Policiales o Penitenciarias, y cumplan o hayan cumplido funciones como Instructor de Tiro para la misma. En el caso de personal retirado, se deberá especificar la forma o razón del retiro.
Los particulares que hayan realizado cursos de formación, desarrollado por profesores instructores categoría ITA, habilitados por este Organismo, y que posean el correspondiente Certificado Analítico que acredite la posesión de los conocimientos relativos a los temas detallados en la Sección III (Especificaciones) del Manual de Entidades de Tiro de la ANMaC (puede consultar y descargar el manual en el rubro "Servicios" del Menú)
Quienes estando federados, hayan desempeñado cargos de jueces en campeonatos nacionales o internacionales en alguna de las disciplinas de tiro, o hayan participado en los mismos, calificando hasta 3er. puesto a nivel nacional o un 5to. puesto internacional.
Los instructores de tiro de instituciones oficiales nacionales o extranjeras, entidades de tiro públicas o privadas habilitadas por la ANMaC (deberán presentar las constancias correspondientes).
Ademas seria un punto medio y dejaria que existe un mercado de rifles semis, no como ahora de que si te dan el decreto anda a buscar el rifle al medio de una armeria abandonada que ni repuestos tiene.
Te hacen rendir el mismo examen cada 5 años, y pretendes que te exceptúen del 64/95 (::A) (::A) (::A)
Siendo ITB, proba de pedir ser ITA...
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Abrazo
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Y bueno, estas mas que calificado y como dije antes, tampoco estas pidiendo un tanque TAM, estas pidiendo que se autorize la venta libre entre ITB/ITA de armas largas semi.
y depaso tenes mas gente con conocimiento extenso sobre armas.
Como ya se mencionó, por ser instructor de tiro ¿hace falta alcanzar un semi auto militar?, la respuesta es NO.En su labor de instructor no necesita poseer un FSL o un AK47, no puede replicar los conocimientos porque el público en general no puede tener ni usar armas miltares semi auto y si no lo vemos como "elemento didáctico", pasando solo a la poseción , sería un privilegio para un conjunto de personas llamados instructores.
Sin hacerme el mansito, no creo que este sea un derecho a reclamar.
Si habría que flexibilizar la aplicación del decreto para solucionar el tema de transferencias de estas armas y no soy iluso diciendo "eliminarlo", porque fue incorporado a nuestra legislación con una intencionalidad muy marcada
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Re: Instructores de Tiro sin decreto 64/95

Mensaje por nambu14 » Lun May 03, 2021 10:36 pm

drupilin escribió:
Lun May 03, 2021 8:35 pm
Ferdinand Orland escribió:
Lun May 03, 2021 7:56 pm
Petardo escribió:
Lun May 03, 2021 6:58 pm
¿ Y cuál sería el fundamento como para pegar un saltito al principio de igualdad ante la ley ??

¿ Por qué un IT tendría privilegios por sobre un LU ?

No entiendo.
Porque para ser un IT necesitas muchas cosas y cumplís características que la mayoria de los LU no:
Quienes pertenezcan o hayan pertenecido a las Fuerzas Armadas, de Seguridad, Policiales o Penitenciarias, y cumplan o hayan cumplido funciones como Instructor de Tiro para la misma. En el caso de personal retirado, se deberá especificar la forma o razón del retiro.
Los particulares que hayan realizado cursos de formación, desarrollado por profesores instructores categoría ITA, habilitados por este Organismo, y que posean el correspondiente Certificado Analítico que acredite la posesión de los conocimientos relativos a los temas detallados en la Sección III (Especificaciones) del Manual de Entidades de Tiro de la ANMaC (puede consultar y descargar el manual en el rubro "Servicios" del Menú)
Quienes estando federados, hayan desempeñado cargos de jueces en campeonatos nacionales o internacionales en alguna de las disciplinas de tiro, o hayan participado en los mismos, calificando hasta 3er. puesto a nivel nacional o un 5to. puesto internacional.
Los instructores de tiro de instituciones oficiales nacionales o extranjeras, entidades de tiro públicas o privadas habilitadas por la ANMaC (deberán presentar las constancias correspondientes).
Ademas seria un punto medio y dejaria que existe un mercado de rifles semis, no como ahora de que si te dan el decreto anda a buscar el rifle al medio de una armeria abandonada que ni repuestos tiene.
Te hacen rendir el mismo examen cada 5 años, y pretendes que te exceptúen del 64/95 (::A) (::A) (::A)
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Lo último que ponés justificaría kilómetros de teclado!!
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Re: Instructores de Tiro sin decreto 64/95

Mensaje por Ferdinand Orland » Lun May 03, 2021 10:42 pm

nambu14 escribió:
Lun May 03, 2021 10:29 pm
Ferdinand Orland escribió:
Lun May 03, 2021 8:39 pm
drupilin escribió:
Lun May 03, 2021 8:35 pm
Ferdinand Orland escribió:
Lun May 03, 2021 7:56 pm
Petardo escribió:
Lun May 03, 2021 6:58 pm
¿ Y cuál sería el fundamento como para pegar un saltito al principio de igualdad ante la ley ??

¿ Por qué un IT tendría privilegios por sobre un LU ?

No entiendo.
Porque para ser un IT necesitas muchas cosas y cumplís características que la mayoria de los LU no:
Quienes pertenezcan o hayan pertenecido a las Fuerzas Armadas, de Seguridad, Policiales o Penitenciarias, y cumplan o hayan cumplido funciones como Instructor de Tiro para la misma. En el caso de personal retirado, se deberá especificar la forma o razón del retiro.
Los particulares que hayan realizado cursos de formación, desarrollado por profesores instructores categoría ITA, habilitados por este Organismo, y que posean el correspondiente Certificado Analítico que acredite la posesión de los conocimientos relativos a los temas detallados en la Sección III (Especificaciones) del Manual de Entidades de Tiro de la ANMaC (puede consultar y descargar el manual en el rubro "Servicios" del Menú)
Quienes estando federados, hayan desempeñado cargos de jueces en campeonatos nacionales o internacionales en alguna de las disciplinas de tiro, o hayan participado en los mismos, calificando hasta 3er. puesto a nivel nacional o un 5to. puesto internacional.
Los instructores de tiro de instituciones oficiales nacionales o extranjeras, entidades de tiro públicas o privadas habilitadas por la ANMaC (deberán presentar las constancias correspondientes).
Ademas seria un punto medio y dejaria que existe un mercado de rifles semis, no como ahora de que si te dan el decreto anda a buscar el rifle al medio de una armeria abandonada que ni repuestos tiene.
Te hacen rendir el mismo examen cada 5 años, y pretendes que te exceptúen del 64/95 (::A) (::A) (::A)
Siendo ITB, proba de pedir ser ITA...
Ojo no seamos conformistas, pero seamos realistas estimado.
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Y bueno, estas mas que calificado y como dije antes, tampoco estas pidiendo un tanque TAM, estas pidiendo que se autorize la venta libre entre ITB/ITA de armas largas semi.
y depaso tenes mas gente con conocimiento extenso sobre armas.
Como ya se mencionó, por ser instructor de tiro ¿hace falta alcanzar un semi auto militar?, la respuesta es NO.En su labor de instructor no necesita poseer un FSL o un AK47, no puede replicar los conocimientos porque el público en general no puede tener ni usar armas miltares semi auto y si no lo vemos como "elemento didáctico", pasando solo a la poseción , sería un privilegio para un conjunto de personas llamados instructores.
Sin hacerme el mansito, no creo que este sea un derecho a reclamar.
Si habría que flexibilizar la aplicación del decreto para solucionar el tema de transferencias de estas armas y no soy iluso diciendo "eliminarlo", porque fue incorporado a nuestra legislación con una intencionalidad muy marcada
No lo veo como elemento didactico ni nada similiar, lo veo de forma de que un LU que tenga tiempo y se esmere pueda tener un fusil sin tanta joda y que cuando lo consiga haya variedad
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Re: Instructores de Tiro sin decreto 64/95

Mensaje por werewolf » Mar May 04, 2021 3:25 am

Petardo escribió:¿ Y cuál sería el fundamento como para pegar un saltito al principio de igualdad ante la ley ??

¿ Por qué un IT tendría privilegios por sobre un LU ?

No entiendo.
Estoy de acuerdo.
Si pidiesen algo estaría bueno que lo pidan para todos.

Siempre lo mismo acá!
Que los jueces no paguen ganancias y todos los demás si.
Entonces pidamos que los jueces paguen, en lugar de pedir que nadie pague.

No conozco a ningún it que tenga títulos universitarios, ni idiomas y la mayoría apenas sabe escribir.

Por qué estarían por encima del resto?


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Re: Instructores de Tiro sin decreto 64/95

Mensaje por TrUmAn » Mar May 04, 2021 4:05 am

Yo tengo una vision mas liberal y amplia del tema.....no solo un instructor podria y deberia poder comprar un fusil semi o auto, sino cualquier persona ideonea en el manejo de armas.

Y al que se manda macanas, a la sombra por unos buenos anos. Uno ya toma y asimila las prohibiciones como algo que corresponde y que hasta incluso esta bien. Creo hay que cambiar el chip. Sino, me gustaria escuchar razones de porque no deberiamos poder comprar cualquier arma que querramos.

Y por favor el argumento del chorro y delincuente y etc no corre, eso es hacer pagar justos por pecadores.
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Re: Instructores de Tiro sin decreto 64/95

Mensaje por Petardo » Mar May 04, 2021 9:13 am

TrUmAn escribió:
Mar May 04, 2021 4:05 am
no solo un instructor podria y deberia poder comprar un fusil semi o auto, sino cualquier persona ideonea en el manejo de armas.
Cualquier Legítimo usuario.

Eso es otro cantar y estoy de acuerdo.
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Re: Instructores de Tiro sin decreto 64/95

Mensaje por leob » Mar May 04, 2021 12:21 pm

Ferdinand Orland escribió:
Lun May 03, 2021 6:52 pm
....que se elimine el decreto 64/95 para los Instructores de Tiro, lo que reactivaria el mercado de Fusiles semiaumaticos civil y que haria que tener un FSL sea una realidad posible (con esfuerzo) y no un sueño....

Mientras tanto en Narcolandia... https://www.lacapital.com.ar/edicion-im ... 58259.html

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Re: Instructores de Tiro sin decreto 64/95

Mensaje por ots03 » Mar May 04, 2021 7:11 pm

El decreto solo se puede eliminar por otro decreto o ley no por una resolucion administrativa anmac .

Excluir a los instructores de tiro no tiene sentido ( y el titulo de instructor de tiro y peor aun el de mecanico armero han sido bastardeados por intereses economicos y hoy ocupa el sitio que antes ocupaba estudiar el curso de "detective por correspondencia" que aparececia en las revistas populares hasta los 80.

Las exepcionesa para acceder al decreto ya estan contempladas en el mismo....pero al anmac no se le antoja aplicarlas y las asociaciones que podrian hacer alguna fuerza (tiro practivo y coleccionistas) siempre se hicieron los bolxdos.

Hoy si se puede acceder a armas largas semiauto quita pon mayor potencia que el 22lr siempre y cuando que sean DEPORTIVAS NO DERIVADAS DE ARMAMENTO MILITAR.
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danhunter
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Re: Instructores de Tiro sin decreto 64/95

Mensaje por danhunter » Mar May 04, 2021 7:29 pm

Pero perdón, hay algo que no entiendo de este post, en este país cada vez están tratando más y más desalentar el uso de armas a todos (civiles LU, instructores, etc) y el plan desarme está a full, ponen trabas todo el tiempo para que nos cansemos y no compremos armas, ni hablar de portaciones y un largo etc. Entonces puede ser que alguien siquiera se plantee o piense que alguna vez podríiiian llegar a quitar el decreto para que podamos acceder a armas largas semiauto de grueso calibre??? Es una utopía gente.
El ignorante afirma, el sabio duda y reflexiona.
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Re: Instructores de Tiro sin decreto 64/95

Mensaje por GermanR » Mar May 04, 2021 10:32 pm

leob escribió:
Mar May 04, 2021 12:21 pm
Ferdinand Orland escribió:
Lun May 03, 2021 6:52 pm
....que se elimine el decreto 64/95 para los Instructores de Tiro, lo que reactivaria el mercado de Fusiles semiaumaticos civil y que haria que tener un FSL sea una realidad posible (con esfuerzo) y no un sueño....

Mientras tanto en Narcolandia... https://www.lacapital.com.ar/edicion-im ... 58259.html

https://www.lacapital.com.ar/edicion-im ... 58259.html
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Me mata la parte de que dice.. "prohibidas para el uso civil.." periodismo berreta.
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Re: Instructores de Tiro sin decreto 64/95

Mensaje por werewolf » Mar May 04, 2021 10:35 pm

Más que una utopía, este post se parece al proyecto de ley que quería impulsar un diputado/LU contra todos los demás LU que no fueran miembros de alguna asociación.


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Re: Instructores de Tiro sin decreto 64/95

Mensaje por sebastian987sw » Mié May 05, 2021 1:20 am

GermanR escribió:
Mar May 04, 2021 10:32 pm
leob escribió:
Mar May 04, 2021 12:21 pm
Ferdinand Orland escribió:
Lun May 03, 2021 6:52 pm
....que se elimine el decreto 64/95 para los Instructores de Tiro, lo que reactivaria el mercado de Fusiles semiaumaticos civil y que haria que tener un FSL sea una realidad posible (con esfuerzo) y no un sueño....

Mientras tanto en Narcolandia... https://www.lacapital.com.ar/edicion-im ... 58259.html

https://www.lacapital.com.ar/edicion-im ... 58259.html
Imagen
Me mata la parte de que dice.. "prohibidas para el uso civil.." periodismo berreta.
Justamente lo paradójico y patético de Argentina desde la década del 90 y 2000 con las políticas restrictivas a LU, y desarmistas es que, quienes están utilizando armas como las de la imagen son civiles y clandestinamente, en el mercado negro de la delincuencia, llegando al punto que el poder de fuego de los delincuentes es paulatinamente superior a la de Fuerzas Policiales, quienes prácticamente no pueden por orden Politica utilizar pistolas ametralladoras o subfusiles (salvo servicios bajo normas Banco Central), ya ni hablemos de últimos modelos del mercado, ni siquiera las clásicas FMk3 o Halcón con inversión estatal en instrucción correspondiente a esas armas.
Desde 2013 en Provincia de BsAs las fueron retirando de Comisarías por orden de La Plata y "Derechos Humanos".
Paralelamente en ciudades del interior de la Provincia, del pais y en Zona metropolitana de Buenos Aires abundan estos subfusiles/p.ametralladoras en manos de delincuentes cuando saltan en fotos y videos de allanamientos o enfrentamientos.

Los delincuentes las usan, ciudadanos bajo la Ley no y Policías (Estado) muy poco.
Argentina camino al abismo.
Amat Victoria Curam
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Re: Instructores de Tiro sin decreto 64/95

Mensaje por Amat Victoria Curam » Vie May 14, 2021 4:06 pm

sebastian987sw escribió:
Mié May 05, 2021 1:20 am
GermanR escribió:
Mar May 04, 2021 10:32 pm
leob escribió:
Mar May 04, 2021 12:21 pm
Ferdinand Orland escribió:
Lun May 03, 2021 6:52 pm
....que se elimine el decreto 64/95 para los Instructores de Tiro, lo que reactivaria el mercado de Fusiles semiaumaticos civil y que haria que tener un FSL sea una realidad posible (con esfuerzo) y no un sueño....

Mientras tanto en Narcolandia... https://www.lacapital.com.ar/edicion-im ... 58259.html

https://www.lacapital.com.ar/edicion-im ... 58259.html
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Me mata la parte de que dice.. "prohibidas para el uso civil.." periodismo berreta.
Justamente lo paradójico y patético de Argentina desde la década del 90 y 2000 con las políticas restrictivas a LU, y desarmistas es que, quienes están utilizando armas como las de la imagen son civiles y clandestinamente, en el mercado negro de la delincuencia, llegando al punto que el poder de fuego de los delincuentes es paulatinamente superior a la de Fuerzas Policiales, quienes prácticamente no pueden por orden Politica utilizar pistolas ametralladoras o subfusiles (salvo servicios bajo normas Banco Central), ya ni hablemos de últimos modelos del mercado, ni siquiera las clásicas FMk3 o Halcón con inversión estatal en instrucción correspondiente a esas armas.
Desde 2013 en Provincia de BsAs las fueron retirando de Comisarías por orden de La Plata y "Derechos Humanos".
Paralelamente en ciudades del interior de la Provincia, del pais y en Zona metropolitana de Buenos Aires abundan estos subfusiles/p.ametralladoras en manos de delincuentes cuando saltan en fotos y videos de allanamientos o enfrentamientos.

Los delincuentes las usan, ciudadanos bajo la Ley no y Policías (Estado) muy poco.
Argentina camino al abismo.
En el año 2000 se retiraron todos los fusiles FAL de la totalidad de las seccionales policiales en la Provinicia de Bs. As., por orden del Gobernador de esa epoca Carlos "hay que meterles bala a los delincuentes" Ruckauf, asi que desde 2013 quedarse sin los Sub Fusiles provistos (UZI, FM K3 Y K4), es cosa de todos los polichorros que nos siguen gobernando, quienes no son mas que ASESINOS, TIRA BOMBAS Y TERRORISTAS DE ESTADO., POR FUERA DE SER DELINCUENTES COMUNES.
Saludos desde Bs. As.
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