Legítimo usuario

Despejar dudas acerca de la Agencia Nacional de Materiales Controlados
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kevinhernannro12
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Legítimo usuario

Mensaje por kevinhernannro12 » Jue Jun 17, 2021 2:23 pm

Hola como andan ? Les consulto soy un nuevo legítimo usuario pero no tengo arma propia en este momento, me prestan un 308 con su respectivos papeles y tarjetas, mi duda, es que el titular del arma tiene vencido el legítimo usuario, lo puedo aportar igual ? Les pregunto por qué la policía de la Pampa en algunos casos a pedido una fotocopia del LU del titular donde figure que está vigente si no te secuestran el arma. Si alguien me puede dar alguna info se los agradezco, disculpen las molestias, saludos kevin.
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Victor
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Re: Legítimo usuario

Mensaje por Victor » Jue Jun 17, 2021 3:08 pm

Si, podes

Transportas el arma en condiciones (sacale el cerrojo) , llevas tu CLU , la tenencia del rifle del otro LU y la tarjeta de consumo

Esperemos que no ocurra que te pidan la CLU del titular. Creo no equivocarme si digo que no correspondería

Pero con los controles nunca se sabe. En una oportunidad me pidieron "portacion" del rifle que llevaba

Suerte
Tony
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Re: Legítimo usuario

Mensaje por Tony » Jue Jun 17, 2021 4:29 pm

Estimadísimo,
Tengo entendido que si caduca la CLU, caducan sus tenencias de las armas del titular. Dicho esto, estimo que podrías tener un problema.
Por las dudas espera más opiniones pero la CLU lo dice claramente en el dorso.
Saludos
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randall58
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Re: Legítimo usuario

Mensaje por randall58 » Jue Jun 17, 2021 4:43 pm

Estimado.
Desde lo estrictamente Legal, el pr´+estamo entre LU es una facultad que tenemos, mientras mantengan ambos (quien te cede/presta y vos) Credenciales de LU acordes (ej Cicil/Condicional) al arma prestada y VIGENTES.

Como te dijeron, si cae CLU, pierde la facultad de uso y préstamo por parte de el o de tercero.

Si el "milico" se pone en "dificil" y aunque la Ley te dice que con solamente la CLU tuya Vigente, Documento y Creencial del arma (en este caso a nombre tuamigo) podes transportarla,.... tenes que ponerte a "discutir" y si se sigue poniendo en pltdo, y te la retiene y en este caso (va a tener un problema tu amigo), porque hasta que no renueve CLU/ no se la van a devolver.

Todo esto con ajuste al art 62 y 63 del Decreto 395/75 de la Ley de Armas.

ARTICULO 62.- Los legítimos usuarios únicamente podrán ser tenedores y utilizar el material clasificado de guerra debidamente registrado y autorizado por el Registro Nacional de Armas. Tal circunstancia se acreditará con la 'autorización de tenencia' que el mencionado organismo extenderá para cada arma.

La autorización de tenencia juntamente con el documento de identidad referido en la misma, son los documentos que legitiman la tenencia en el ámbito nacional y deberán en todo momento acompañar el arma y ser exhibidos cuantas veces fueren requeridos por autoridad competente.

Cuando el tenedor no fuere propietario del arma de guerra que obra en su poder, se le exigirá además la credencial que lo acredite como legítimo usuario.

ARTICULO 63.- La autorización de tenencia deberá renovarse cuando se opere la transmisión de la propiedad del arma a la cual se refiere, manteniendo su vigencia en tanto su propietario conserve su condición de legítimo usuario reconocido por el Registro Nacional de Armas.


Como el titular(tu amigo) se le vencio CLU (perdió tal condición), como te comente y dice/fija la ley se le impide la facultar de transportar/usar tanto el como un tercero su/s armas.

Saludos.
Carlospuga
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Re: Legítimo usuario

Mensaje por Carlospuga » Jue Jun 17, 2021 5:40 pm

Pregunto , cuando un LU pierde la condición como tal no debe dejar sus armas en resguardo de el anmac , una armeria u otro lu con condiciones vigente ??

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Re: Legítimo usuario

Mensaje por randall58 » Jue Jun 17, 2021 5:57 pm

Carlospuga escribió:
Jue Jun 17, 2021 5:40 pm
Pregunto , cuando un LU pierde la condición como tal no debe dejar sus armas en resguardo de el anmac , una armeria u otro lu con condiciones vigente ??

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Eso es para el caso de que e venció y decida NO RENOVAR CLU,entonces tiene que hacerlo por escrito y optar por alguna de las opciones que da y fija el mencionado art.
No es este caso.
Para darlo a una armería consignación/(venderlo/cederlo) o un tercero LU, tiene que TRANSFERIR Titularidad, no solo darlo en guarda
Se entiende?.
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Re: Legítimo usuario

Mensaje por randall58 » Jue Jun 17, 2021 6:01 pm

Perdon.
0mití mencionar articulo (N °69 Decreto 395/75)
https://www.argentina.gob.ar/normativa/ ... ualizacion
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Re: Legítimo usuario

Mensaje por Carlospuga » Jue Jun 17, 2021 6:25 pm

randall58 escribió:
Carlospuga escribió:
Jue Jun 17, 2021 5:40 pm
Pregunto , cuando un LU pierde la condición como tal no debe dejar sus armas en resguardo de el anmac , una armeria u otro lu con condiciones vigente ??

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Eso es para el caso de que e venció y decida NO RENOVAR CLU,entonces tiene que hacerlo por escrito y optar por alguna de las opciones que da y fija el mencionado art.
No es este caso.
Para darlo a una armería consignación/(venderlo/cederlo) o un tercero LU, tiene que TRANSFERIR Titularidad, no solo darlo en guarda
Se entiende?.
Ok Randall gracias por desasnarnos!!! Saludos


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Re: Legítimo usuario

Mensaje por randall58 » Jue Jun 17, 2021 7:15 pm

Carlospuga escribió:
Jue Jun 17, 2021 6:25 pm
randall58 escribió:
Carlospuga escribió:
Jue Jun 17, 2021 5:40 pm
Pregunto , cuando un LU pierde la condición como tal no debe dejar sus armas en resguardo de el anmac , una armeria u otro lu con condiciones vigente ??

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Eso es para el caso de que e venció y decida NO RENOVAR CLU,entonces tiene que hacerlo por escrito y optar por alguna de las opciones que da y fija el mencionado art.
No es este caso.
Para darlo a una armería consignación/(venderlo/cederlo) o un tercero LU, tiene que TRANSFERIR Titularidad, no solo darlo en guarda
Se entiende?.
Ok Randall gracias por desasnarnos!!! Saludos


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Gracias a vos Carlos.
Esto también lo aprendí acá en el foro. Yo pensaba antes que podía usarla (aun sin cederla definitivamente), ya que entendía que siendo (yo) LU vigente, con lo que pide la Ley: Credencial del arma- Mi CLU y DNI , podía usarla igual.

Luego de leer y lo explicado en este espacio por Abogados, entendí los efectivos alcances de los art. mencionados. (62/62 y 69)

El préstamo es una facultad que otorga la Ley de Armas y su Decreto 395/75 para y entre LU Individuales, , con dos condiciones:
Igual categoría (civil/condicional) y MIENTRAS ESTEN VIGENTES AMBAS CREDENCIALES, al igual que para el uso por parte de de su titular.

Que nos dice en definitiva la Ley, ....hasta que no regularices tu CU, no se puede usar TU arma NI transportarla fuera de tu propiedad, ni vos (como
titular) ni un tercero, porque al vencer CLU cayeron todas esas facultades.
El arma NO PUEDE CIRCULAR NI USARSE porque esa CREDENCIAL DE TENENCIA ( que en este caso porta el consultante del foro de su amigo con CU vencido) -Y)
Perdió validez, hasta que su amigo RENUEVE CONDICION DE LU, MOMENTOEN EL QUE VUELVE A TENER VIGENCIA ESA Y TODAS LAS TENENCIAS A SU NOMBRE (que no tienen vto- mientras renueve y tenga CLU)

Cordial saludo.
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Re: Legítimo usuario

Mensaje por kevinhernannro12 » Jue Jun 17, 2021 8:13 pm

Muchas a gracias a todos por responderme, entonces no me queda otra que avisarle que se renueve su LU. Le explico es un fusil que esta en el campo yo me hice LU y teníamos la intención de salir con ese arma por que teníamos entendido que se podía siempre y cuando yo sea LU tenga dni y la tarjeta del arma
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Mariano1909
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Re: Legítimo usuario

Mensaje por Mariano1909 » Vie Jun 18, 2021 3:31 am

Hola. Una pregunta. Cdo se le venció el clu a tu amigo? Xq en la pandemia extendieron los vencimientos. X ahí con eso zafas.
PD. A mí me pasaba como a vos exactamente lo mismo. Con un fusil de mí viejo q se le venció el Carnet y yo lo tengo al día. Te dicen q no hay problema hasta q un milico t la quiere complicar. Depende a quien le preguntes. Teóricamente tienen q estar los dos clu vigentes
Pero en muchos lados te dicen q el tuyo nomás ya alcanza. Q se yo. Es un quilombo. Saludos
kevinhernannro12
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Re: Legítimo usuario

Mensaje por kevinhernannro12 » Vie Jun 18, 2021 11:20 am

Mariano1909 escribió:
Vie Jun 18, 2021 3:31 am
Hola. Una pregunta. Cdo se le venció el clu a tu amigo? Xq en la pandemia extendieron los vencimientos. X ahí con eso zafas.
PD. A mí me pasaba como a vos exactamente lo mismo. Con un fusil de mí viejo q se le venció el Carnet y yo lo tengo al día. Te dicen q no hay problema hasta q un milico t la quiere complicar. Depende a quien le preguntes. Teóricamente tienen q estar los dos clu vigentes
Pero en muchos lados te dicen q el tuyo nomás ya alcanza. Q se yo. Es un quilombo. Saludos
Hola, te cuento en si el fusil tiene sus años, cuando antes eran más accesibles, mi suegro lo compro cuando fue hacer los papeles no tenía el dni, que es esencial, entonces se lo puso a nombre del amigo que en ese entonces ya era LU, se usó siempre así y nunca hubo problemas pero ahora paso lo que explique y ya tenemos la duda de si salimos o no, en fin es como vos decís por ahí pasas y por ahí te toca 1 hdm que no quieren a los cazadores y te va buscar cualquier cosa para que no se caze
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Mariano1909
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Re: Legítimo usuario

Mensaje por Mariano1909 » Dom Jun 20, 2021 11:35 am

Claro. Para mí depende más q nada de eso. De quien es el q te pare. X ahí te la complican a propósito o x ignorancia xq hay cada uno q no sabe nada de nada q tenés q explicarle todo y como no les gusta eso se ponen porfiados y te cagan.
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